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Abogados – Asesoría Legal Cuando Te Niegan La Visa

¿Visa a Estados Unidos Negada Bajo La Sección 214(b)?

 

Sobre la Sección 214(b)


La sección 214(b) prohíbe la expedición de una visa a cualquier persona que:

  1. No pueda demonstrar suficientes vínculos o arraigos con su país de origen, o

  2. No pueda demonstrar que las actividades que pretendía desarrollar en los Estados Unidos coincidían con el tipo de visa que solicitó.

  3. Adicionalmente, algunos cónsules usan esta sección para negar la visa cuando existe alguna duda o sospecha sobre la persona que aplica para la visa (por ejemplo, en casos en los que el cónsul sospecha que la persona ha estado involucrada en actividades ilícitas, o que ha mentido en la aplicación, entre otros). 

 

Si la Embajada le ha negado la visa bajo la sección 214(b) y le gustaría tener una asesoría legal para entender sus opciones, por favor llámenos. Nuestros abogados, con oficinas en Colombia y en Estados Unidos, tienen gran experiencia ayudando a personas con procesos de visas estadounidenses. 


Llámenos en Bogotá, Colombia al 300-3369681
Llámenos en Estados Unidos al 347-772-2188.

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